Sólo falta un paso para eliminar el fuero presidencial

La reforma amplía el abanico de delitos imputables al presidente de la República.
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El mandatario Andrés Manuel López Obrador se congratuló por la aprobación en el Senado de reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución en materia de fuero presidencial, sin embargo, para que entre en vigor aún falta un paso en los congresos de los estados y la eventual publicación en el Diario Oficial.

“Este es un gran avance, como ya se aprobó en las dos cámaras, ya sólo falta que se apruebe en la mitad, más uno, de las legislaturas locales. Es decir, en 17 congresos locales”.

“Quiero agradecer mucho a los legisladores, en este caso a los senadores, porque se aprobó la iniciativa que enviamos de quitar el fuero presidencial esto es un hecho verdaderamente histórico”, agregó.

Durante la conferencia mañanera en el Palacio Nacional, López Obrador recalcó que si los procesos lo permiten, antes de que termine el 2020 entrará en vigor la reforma.

“No va a haber ningún problema. Yo creo que van a iniciar estos procesos legislativos y antes de que termine el año, ya entra en vigor esta reforma constitucional”.

¿Por cuál delito se podía juzgar al presidente?

AMLO recordó que antes no se podía juzgar el presidente, por cualquier delito, sólo por traición a la patria.

“Esto significaba un fuero, ahora con esta iniciativa con esta reforma a la Constitución se va a poder juzgar al presidente por cualquier delito como a cualquier ciudadano. Se termina el fuero”.

Asimismo, explicó que el fuero presidencial se estableció en la Constitución de 1857; se mantuvo en la Constitución de 1917 y es hasta ahora se elimina.

“Estamos hablando de cerca de 150 años de mantener este fuero, este privilegio para el presidente”.

¿En qué consiste la reforma constitucional que elimina el fuero presidencial?

La reforma amplía el abanico de delitos imputables al presidente de la República, además del delito de traición a la patria, se le suman aquellos por los que pueden ser juzgados los ciudadanos, además de:

  • Hechos de corrupción
  • Delitos electorales

De acuerdo con las modificaciones, el titular del Ejecutivo Federal solo podrá ser acusado ante la Cámara de Senadores, la cual resolverá la responsabilidad correspondiente con base en la legislación penal aplicable.