¿Sabes cuáles son las estrofas prohibidas del Himno Nacional Mexicano?
La llegada del mes de septiembre representa para los mexicanos un momento de celebración y alegría, pues las fiestas patrias son de las favoritas para expresar su orgullo de pertenecer al país.
El uso de los símbolos patrios es un elemento importante durante estas fechas, pues nos otorgan identidad. Estos son la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional Mexicano, éste último suele entonarse con gran efusividad.
Sin embargo, hay unas estrofas del himno que fueron prohibidas por el gobierno federal… Otras son poco conocidas por no cantarse en las escuelas.
Y es que no es sólo el tema bélico que rodea su significado, algunas de estas restricciones o cambios en la estructura del himno fueron por hacer alusión a personajes que quedaron como “villanos” en la historia oficial de México.
Entonarlas podrían hacerte acreedor a una multa.
Originalmente la composición de Francisco González Bocanegra estaba conformada por 10 estrofas, pero en la administración del presidente Manuel Ávila Camacho (1943) se estableció la versión oficial del Himno Nacional Mexicano.
Pese a que fue el presidente Antonio López de Santa Anna quien en su momento hizo la petición de elaborar este cántico, justamente las estrofas recortadas contienen alusiones a su persona y al primer emperador de México, Agustín de Iturbide.
Estrofa dedicada a Santa Anna:
Del guerrero inmortal de Zempoala
Te defiende la espada terrible,
Y sostiene su brazo invencible
Tu sagrado pendón tricolor.
¡Él será del feliz mexicano!
En la paz y en la guerra el caudillo,
Porque él supo sus armas de brillo
Circundar en los campos de honor.
¡Circundar en los campos de honor!
Estrofa dedicada a Agustín de Iturbide:
Si a la lid contra hueste enemiga
Nos convoca la trompa guerrera
De Iturbide la sacra bandera
¡Mexicanos! Valientes seguid.
Y a los fieros bridones les sirvan
Las vencidas hazañas de alfombra;
Los laureles del triunfo den sombra
A la frente del bravo Adalid.
La Ley Sobre el Escudo, La Bandera y El Himno Nacionales establece que el uso indebido de cualquier símbolo patrio, incluido modificar la letra del himno, representa una falta administrativa, “por lo que se pagaría una multa de hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al momento de cometerse una infracción”.
Teniendo como referencia que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) definió que el valor de la UMA para el año 2022 es de 96.22 pesos diarios, cantar erróneamente el Himno Nacional Mexicano o usar las estrofas prohibidas equivale a una sanción de hasta 900 mil pesos.