Oaxaca, primer estado en reconocer adolescencias transgénero

Tras aprobar la reforma al artículo 137 del Código Civil, Oaxaca es el primer estado que permitirá a los adolescentes elegir su identidad de género.
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Oaxaca es el primer estado en reconocer los derechos de los adolescentes transgénero luego de la aprobación de la reforma al artículo 137 al Código Civil que establece que las personas de 12 años o más puedan elegir su identidad de género.

La iniciativa fue presentada por la diputada Magaly López Domínguez quien celebró el falló, por mayoría con 29 votos a favor, por lo que fue remitida al gobernador Alejandro Murat Hinojosa.

Para la asignación de la identidad de género las personas adolescentes deberán presentar la identificación oficial del padre, madre o tutor y acudir acompañadas con alguna de estas personas.

En caso de que se niegue el consentimiento del padre, madre o tutor de la persona menor de edad podrá acudir a la Procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Oaxaca, la cual deberá prestarle asistencia legal para recurrir a la vía jurisdiccional y en consecuencia sean los y las juezas quienes resuelvan.

Por tratarse de personas menores de edad, el Registro Civil deberá contar con personal especializado en trabajo e intervención con adolescentes, género y diversidad sexual en la adolescencia.

¿Qué es la identidad de género?

La identidad de género de una persona puede ser independiente del sexo con el que nació y su orientación sexual, de acuerdo con la Secretaría de Gobernación.

La identidad de género es el concepto que se tiene de uno mismo como ser sexual y de los sentimientos que esto conlleva; se relaciona con cómo vivimos y sentimos nuestro cuerpo desde la experiencia personal y cómo la llevamos al ámbito público.

Por su parte, la Asociación por las Infancias Transgénero define, de acuerdo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la identidad de género como la vivienda interna e individual del género, tal como cada persona la siente y la vive.

Todas las personas cuentan con una vivienda particular del género y que en la mayoría de los casos se asigna al nacer, bajo el supuesto subjetivo de que a un tipo de órgano sexual externo, le corresponde un género.

En la mayoría de los casos existe una coincidencia entre el género asignado y el género vivido y/o construido, las personas que así lo experimentan son llamadas cisgénero, sin embargo, haya casos en los que esta correspondencia no se da, a estas se le nombra personas transgénero.

La identidad de género forma parte del derecho a la identidad, cuestión que ha sido reconocida en instrumentos internacionales del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación establece que la identidad de género se desarrolla entre los 18 meses y los 3 años de edad, entonces la identidad de género es un característica con la que no se nace pero que cada personas exterioriza tan pronto pueda expresarse.