El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que se otorgará una prórroga a varias de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. ¿Cuáles son las nuevas fechas?
Entre los trámites a los que el SAT les dará la prórroga están la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022. Así como el uso de la factura electrónica 3.3, ya que el uso de la versión 4.0 será obligatorio a partir de 2023.
En cuánto a los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza, también podrán seguir expidiendo facturas electrónicas con Factura fácil y Mi nómina a través de ‘Mis cuentas’ sin la necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital.
También da una prórroga para aquellos contribuyentes que todavía no hayan habilitado su Buzón Tributario. Lo mismo para aquellos que aún no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto. Si no cumplen hasta la fecha límite, se harán acreedores a una multa.
¿Cuáles son las nuevas fechas?
El SAT anunció que la prórroga se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022 y los nuevos requerimientos de las obligaciones fiscales entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2023.