Aprobada una nueva ley de transparencia
Con esta ley, partidos políticos, sindicatos y cualquier organismo que reciba recursos públicos deberá transparentar cómo los utilizan.
Compartir:
El dictamen de la Ley General de Transparencia fue aprobado en lo general y lo particular por los diputados con 264 votos a favor, 68 en contra y una abstención, por lo que ahora pasa al Ejecutivo para su publicación.
Según los legisladores, quienes aprobaron el dictamen exactamente igual a como lo pasaron los senadores, esta ley “establece los principios y reglas para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad”.
Diputados del PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y Morena presentaron 36 reservas a diversos artículos del dictamen, pero ninguna fue aprobada.
Con esta ley, partidos políticos, sindicatos y cualquier organismo que reciba recursos públicos deberá transparentar cómo los utilizan; los legisladores deberán hacer públicos los montos de sus dietas, prestaciones, comisiones, etcétera; no se podrá reservar información sobre violaciones graves a derechos humanos; y se creará el Sistema Nacional de Transparencia.
Lo que contempla la ley:
* Obliga a todos los órganos autónomos, dependencias, sindicatos y partidos políticos a rendir cuentas y transparentar toda la información relativa a los recursos públicos que manejan.
*Los senadores, diputados federales y locales estarán obligados a informar las remuneraciones completas que reciben, sus dietas, bonos, ingresos, compensaciones, prestaciones, gratificaciones, primas y comisiones.
Son sujetos obligados a esta ley cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes de la Unión, los órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.
Asimismo, cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios.
*Será imposible reservar información cuando se trate de violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad.
*Establecimiento de sanciones a servidores públicos cuando declaren “con dolo o negligencia” la inexistencia de la información o cuando la reserven sin prueba de daño. Se establecen multas hasta de mil 500 salarios mínimos vigentes en la zona geográfica de que se trate a quien se niegue a hacer pública la información solicitada.
*Se clasifica como reservada la información cuya divulgación represente un riesgo en materia de seguridad nacional o a las políticas monetarias y financieras del país.
*Transparenta las condonaciones fiscales.
*Mantiene el principio de presunción de existencia de la información.
*Prevé la creación de un Sistema Nacional de Transparencia, que contará con una plataforma en Internet para que los ciudadanos puedan consultar toda la información pública disponible, que deberá ser aportada por organismos públicos, autónomos, sindicatos, partidos y sujetos obligados. En tanto no entren en vigor los lineamientos que obligan a subir la información a dicha plataforma, lo cual no podrá exceder de un año, los sujetos obligados deben publicar toda la información en sus respectivas páginas de Internet.
La Plataforma Nacional de Transparencia deberá contar al menos con cuatro sistemas de solicitudes de acceso a la información, de gestión de medios de impugnación, de portales de obligaciones de transparencia y de comunicación entre organismos garantes y sujetos obligados. Entre los temas que deberán incluir los sujetos obligados en esa plataforma electrónica, figuran directorio de servidores públicos, remuneración bruta y neta de servidores públicos, gastos de representación y viáticos, número total de plazas y del personal de base, confianza y por honorarios.
Las preocupaciones de organizaciones civiles y legisladores
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, de Morena, dijo que “la ley en materia de transparencia resulta inoperante ya que controla políticamente alInstituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y deja de lado su autonomía“.
Ricardo Luévano, de la organización Artículo 19, escribió que “es absurdo que en casos de violaciones graves a derechos humanos no se haya regulado con especial énfasis la forma en la que el pleno del IFAI debe determinar si se abre o no información ante tan preocupante posibilidad.”
Una de las preocupaciones del Colectivo por la Transparencia va de la mano con lo expresado por Luévano, que no hay claridad sobre lo que el IFAI hará para determinar qué información no se puede reservar.
Además, dice que, según el dictamen, transparentar las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales realmente no será una obligación para los funcionarios, sino que queda sujeta a su voluntad.
Según los legisladores, quienes aprobaron el dictamen exactamente igual a como lo pasaron los senadores, esta ley “establece los principios y reglas para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad”.
Diputados del PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y Morena presentaron 36 reservas a diversos artículos del dictamen, pero ninguna fue aprobada.
Con esta ley, partidos políticos, sindicatos y cualquier organismo que reciba recursos públicos deberá transparentar cómo los utilizan; los legisladores deberán hacer públicos los montos de sus dietas, prestaciones, comisiones, etcétera; no se podrá reservar información sobre violaciones graves a derechos humanos; y se creará el Sistema Nacional de Transparencia.
Lo que contempla la ley:
* Obliga a todos los órganos autónomos, dependencias, sindicatos y partidos políticos a rendir cuentas y transparentar toda la información relativa a los recursos públicos que manejan.
*Los senadores, diputados federales y locales estarán obligados a informar las remuneraciones completas que reciben, sus dietas, bonos, ingresos, compensaciones, prestaciones, gratificaciones, primas y comisiones.
Son sujetos obligados a esta ley cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes de la Unión, los órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.
Asimismo, cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios.
*Será imposible reservar información cuando se trate de violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad.
*Establecimiento de sanciones a servidores públicos cuando declaren “con dolo o negligencia” la inexistencia de la información o cuando la reserven sin prueba de daño. Se establecen multas hasta de mil 500 salarios mínimos vigentes en la zona geográfica de que se trate a quien se niegue a hacer pública la información solicitada.
*Se clasifica como reservada la información cuya divulgación represente un riesgo en materia de seguridad nacional o a las políticas monetarias y financieras del país.
*Transparenta las condonaciones fiscales.
*Mantiene el principio de presunción de existencia de la información.
*Prevé la creación de un Sistema Nacional de Transparencia, que contará con una plataforma en Internet para que los ciudadanos puedan consultar toda la información pública disponible, que deberá ser aportada por organismos públicos, autónomos, sindicatos, partidos y sujetos obligados. En tanto no entren en vigor los lineamientos que obligan a subir la información a dicha plataforma, lo cual no podrá exceder de un año, los sujetos obligados deben publicar toda la información en sus respectivas páginas de Internet.
La Plataforma Nacional de Transparencia deberá contar al menos con cuatro sistemas de solicitudes de acceso a la información, de gestión de medios de impugnación, de portales de obligaciones de transparencia y de comunicación entre organismos garantes y sujetos obligados. Entre los temas que deberán incluir los sujetos obligados en esa plataforma electrónica, figuran directorio de servidores públicos, remuneración bruta y neta de servidores públicos, gastos de representación y viáticos, número total de plazas y del personal de base, confianza y por honorarios.
Las preocupaciones de organizaciones civiles y legisladores
El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, de Morena, dijo que “la ley en materia de transparencia resulta inoperante ya que controla políticamente alInstituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y deja de lado su autonomía“.
Ricardo Luévano, de la organización Artículo 19, escribió que “es absurdo que en casos de violaciones graves a derechos humanos no se haya regulado con especial énfasis la forma en la que el pleno del IFAI debe determinar si se abre o no información ante tan preocupante posibilidad.”
Una de las preocupaciones del Colectivo por la Transparencia va de la mano con lo expresado por Luévano, que no hay claridad sobre lo que el IFAI hará para determinar qué información no se puede reservar.
Además, dice que, según el dictamen, transparentar las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales realmente no será una obligación para los funcionarios, sino que queda sujeta a su voluntad.