Ratifica Tribunal triunfo de Verónica Aguirre en San Fernando  

Por unanimidad, se confirma el triunfo de #Morena en ese municipio 
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Luego de que hubo un reconteo total, fue validado el triunfo de Verónica Aguirre de los Santos, candidata de Morena, en el municipio de San Fernando, determinó el Tribunal Electoral de Tamaulipas (TRIELTAM) al desechar las impugnaciones presentadas por Marbella Ramírez Saldívar y el PAN al cómputo municipal. 

El proyecto de sentencia corrió a cargo del magistrado Edgar Iván Arroyo Villarreal quien sostuvo que al haber sido muy cerrada la diferencia de votos entre el primero y segundo lugar, de sólo 350, el estudio del caso fue muy minucioso en la resolución de los expedientes TE-RIN-02/2024 y TE-RIN-12/2024, además del TE-RIN-13/2024 interpuesto por Morena, también contra irregularidades en el cómputo municipal, los cuales fueron acumulados.   

“Al final lo que les propongo es que confirmemos el resultado de la elección, del cómputo y de la validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría a favor de las candidaturas que postuló Morena”, dijo.  

Detalló que los agravios señalados por la parte actora son diversos, tales como la inelegibilidad de la candidata ganadora, agravio que resultó infundado porque el actor se confundió, pues Aguirre de los Santos al ser originaria de San Fernando no tenía que acreditar la residencia.  

Además, la candidata del PAN y ese partido alegaron que la recepción de la votación fue realizada por personas funcionarias de casilla que no pertenecían a las secciones correspondientes, pero finalmente al hacer la revisión, resultó que todos los funcionarios controvertidos sí pertenecían a las secciones correspondientes.      

“Que las casillas se instalaron en un lugar diferente al autorizado, también se revisó esta circunstancia y lo que encontramos sólo es que se asentó erróneamente el domicilio de manera incompleta, pero al final coincidía”, dijo.  

Además, se alegó que la cadena de custodia fue violada, sin embargo, la parte actora omitió señalar la hora de cierre de las casillas, por lo que la omisión impidió hacer un análisis respectivo y se determinó infundado.  

“Y se alude una diferencia entre el PREP y el cómputo municipal muy extensa de 7 mil votos y al final este agravio resulta infundado porque recordemos que ahí hubo un recuento total y cualquier deficiencia que existiera se subsana, y el PREP no se cargó en su totalidad, no se contabilizó llegó al 88.8 por ciento”, dijo Arroyo Villarreal.  

Finalmente, tras algunas observaciones de los magistrados al proyecto de sentencia, este fue avalado de manera unánime por el pleno del Tribunal.