Si el director de una escuela pública retiene el certificado de estudios a alguno de sus alumnos, porque los tutores del afectado no han cumplido con el pago de la cuota escolar exigida por la Sociedad de Padres de Familia del señalado plantel, debe de ser denunciado a la Secretaría de Educación de Tamaulipas, para que el referido funcionario sea sancionado, ya que no tiene porqué inmiscuirse en ese tipo de asuntos condicionando un servicio que es gratuito por ley.
Lo anterior lo indicó el subsecretario de Educación Básica y Normal de la SET, Jorge Guadalupe López Tijerina, quien indicó que las controversias entre padres de familia deben de ser resueltas entre ellos, por lo que un director escolar tampoco debe de ceder a la presión de alguna de las partes en conflicto negando el servicio educativo a la otra, ya que al hacerlo incurre en una violación a la ley.
“No debe de haber ninguna acción de retención de documentos (en el presente fin de ciclo escolar) por incumplimiento de obligaciones con las asociacione de padres de familia, que nada tienen que ver con la administración (de una escuela) que corresponde directamente a los directores”, manifestó.
“Aquél (directivo escolar) que haga una acción de este tipo, le pedimos a la ciudadanía que lo denuncien, para poder aplicar la sanción respectiva, porque está totalmente prohibido por las normas y por las leyes que rigen a la educación, que se reclame una contraprestación a cambio del servicio educativo”, apuntó.
El funcionario recalcó que el personal docente no tiene por qué involucrarse en asuntos de las asociaciones de padres, ya que esa no es competencia de ellos por lo que, si hay controversias dentro de una asociación, las mismas deben de ser resueltas por sus miembros.
“El servicio educativo es absolutamente gratuito y lo que los padres aporten voluntariamente para cubrir necesidades de las escuelas bienvenido, pero (tales cooperaciones) no pueden ser obligatorias”, declaró.
López Tijerina reconoció que las comentadas asociaciones están reguladas por la ley y la misma las faculta a cobrar cuotas, pero el monto de las mismas es acordado por la mayoría de sus miembros y no impuestas por una o unas cuantas personas, por lo que si alguien no está conforme con un cobro tiene que reclamar a su respectiva asociación.
Aclaró que la ley también señala que un padre de familia puede contribuir de diversas maneras al mantenimiento de la escuela de su hijo y no sólo tiene que hacerlo por medio de una aportación económica, sino también con trabajo, en especie y otras maneras, por lo que no debe de haber imposiciones en este sentido.
Mencionó que en el presente fin de ciclo escolar no se han presentado ninguna queja en contra de algún director escolar, que retenga la entrega de certificados de estudios, pero “cuando las tengamos instruiremos, para que se aplique la norma y se cumpla con la obligación de otorgar los documentos a los alumnos”.

